Afroumbandistas: protesta sobre el uso de recintos de carácter público para exaltar la presencia católica.Cuando se coloca una imagen de veneración católica en un hospital público se arremete contra el principio constitucional de laicidad, hablamos del Pereira Rosell y la instalación de una virgen. Máxime cuando esta acción se suma en un lapso relativamente breve y presente en el tiempo, como es la cruz en homenaje al Papa, la estatua del Papa, la virgen de los 33 a la entrada de la ciudad de Florida, etc. La aplicación exacta y en consonancia con el espíritu del derecho de culto supone o todos o ninguno cuando hablamos de emblemas religiosos en espacios estatales o sea públicos, que suponen -como en este caso- asistencia sanitaria a ateos o adeptos de distintas creencias, que de esta forma ven lesionado su libertad de creer o no en una fe determinada.El Estado debería garantizar la presencia equitativa de las diferentes confesiones religiosas existentes en el país, o no permitirlas cuando se trata de recintos, espacios o instituciones pertenecientes a la población en su integridad, basados en la Constitución de la República Oriental del Uruguay vigente desde el siglo pasado.
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